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¿SABIAS QUÉ?Notas

¿Sabías que un Préstamo Laboral en Realidad es un Adelanto de Nómina?

En el entorno laboral, los trabajadores a veces enfrentan situaciones económicas que los llevan a buscar apoyo financiero de sus empleadores. Este apoyo puede manifestarse a través de adelantos de nómina o préstamos, pero es esencial comprender las diferencias entre ambos y las implicaciones legales que conllevan.

Adelantos de Nómina

La Ley Federal del Trabajo, en su artículo 110, prevé la posibilidad de otorgar adelantos de nómina. Este tipo de apoyo implica el pago anticipado de una parte del salario que el trabajador ya ha devengado, pero aún no ha recibido. Los adelantos de nómina no generan intereses ni costos adicionales para el trabajador, ya que se trata de un anticipo del salario. Además, el empleador puede descontar este adelanto directamente de la nómina del trabajador en términos del artículo 110 de la Ley.

Préstamos

Por otro lado, los préstamos no están contemplados propiamente en el ámbito laboral según la Ley Federal del Trabajo. Si un patrón desea otorgar un préstamo, esto debe hacerse fuera de la esfera laboral y bajo otras regulaciones, como las de derecho civil o mercantil. En este contexto, el patrón actúa como una persona moral o física que presta dinero a otra persona física (el trabajador), pero no puede descontar el pago del préstamo directamente de la nómina del trabajador.

Consideraciones para Otorgar Préstamos

Cuando un empleador decide otorgar un préstamo a un trabajador, deben tenerse en cuenta las siguientes consideraciones:

  1. Fuera del ámbito laboral: El préstamo debe gestionarse fuera del ámbito laboral, siguiendo las regulaciones civiles o mercantiles.
  2. Acuerdos claros: Es recomendable establecer un acuerdo por escrito, detallando los términos del préstamo, incluyendo el monto, plazo de pago e intereses aplicables.
  3. Sin descuentos de nómina: Dado que el préstamo no está regulado por la Ley Federal del Trabajo, el empleador no puede descontar el monto del préstamo directamente del salario del trabajador. El trabajador deberá realizar los pagos del préstamo directamente al empleador.

Implicaciones en Caso de Terminación Laboral

Si un trabajador renuncia o es despedido antes de saldar un adelanto de nómina, el empleador puede descontar el monto pendiente del finiquito o indemnización, ya que se trata de una relación laboral. Sin embargo, en el caso de un préstamo, dado que está fuera del ámbito laboral, el empleador no puede hacer esta retención. En estos casos, se deben seguir las cláusulas del préstamo establecidas bajo la legislación civil o mercantil.

Ejecución de Préstamos

En la práctica, es común que los empleadores soliciten a los trabajadores firmar pagarés cuando se otorga un préstamo. Si la relación laboral termina antes de que el préstamo sea saldado, el empleador puede ejecutar el pagaré en un juicio ejecutivo mercantil para recuperar el monto adeudado. Esto puede incluir requerir el pago al deudor o proceder con un embargo.

Conclusión

Comprender las diferencias entre adelantos de nómina y préstamos, así como las implicaciones legales de cada uno, es fundamental para empleadores y trabajadores. Mientras que los adelantos de nómina están regulados por la Ley Federal del Trabajo y no generan intereses, los préstamos deben gestionarse bajo otras regulaciones y no pueden descontarse directamente de la nómina del trabajador. Con esta información, ambas partes pueden tomar decisiones informadas y gestionar adecuadamente estos apoyos financieros.

Gracias a Alcaraz y Asociados por la Información

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